El explosivo surgimiento de iglesias en Chile
Domingo 14 de Noviembre de 2010
Desde la promulgación de la Ley de Cultos, hace 11 años, 1.551 entidades han sido reconocidas por el Estado
Más de 200 iglesias nuevas se inscriben cada año en Chile. El trámite toma en promedio un semestre, luego de lo cual la entidad recién legalizada pasa a tener el mismo estatus jurídico que la Iglesia Católica. El ex jefe de la Oficina Nacional de Asuntos Religiosos del gobierno de Bachelet, Humberto Lagos, dice que existen vacíos legales que podrían ser aprovechados para crear organismos "de fachada". El ministro de la Segpres, Cristián Larroulet, asegura que si bien el Estado no debe entrar en la esfera propia del mundo de la fe, enviará un proyecto para perfeccionar la normativa vigente.
Domingo 14 de Noviembre de 2010
Desde la promulgación de la Ley de Cultos, hace 11 años, 1.551 entidades han sido reconocidas por el Estado
Más de 200 iglesias nuevas se inscriben cada año en Chile. El trámite toma en promedio un semestre, luego de lo cual la entidad recién legalizada pasa a tener el mismo estatus jurídico que la Iglesia Católica. El ex jefe de la Oficina Nacional de Asuntos Religiosos del gobierno de Bachelet, Humberto Lagos, dice que existen vacíos legales que podrían ser aprovechados para crear organismos "de fachada". El ministro de la Segpres, Cristián Larroulet, asegura que si bien el Estado no debe entrar en la esfera propia del mundo de la fe, enviará un proyecto para perfeccionar la normativa vigente.
Cecilia Derpich
Cuatro almacenes, tres botillerías y seis iglesias hay en sólo seis cuadras de la calle Río Claro, en el sector alto de Peñalolén.
Sencillas construcciones de madera para 30 personas, o grandes edificaciones de concreto que pueden albergar hasta 200 feligreses. A pocos pasos aparecen la Corporación Evangélica Iglesia Redimida, el Templo Evangélico Bautista de Peñalolén, la Iglesia Bautista Río Claro, la Iglesia Unida Metodista Pentecostal, la Iglesia Metodista Pentecostal de Chile y la Iglesia Evangélica Pentecostal Emmanuel.
Esta última está a cargo del pastor Mario Garay, un emmarcador de cuadros de 76 años que comenzó a fines de los 90 haciendo reuniones de hasta 60 personas en el living de su casa y que en 2004 decidió dar un salto: construyó un templo para alrededor de 100 personas e inscribió su culto en el registro de entidades religiosas del Ministerio de Justicia.
Desde el 12 de febrero de ese año, su iglesia es una "entidad religiosa de derecho público", lo que significa que tiene el mismo estatus jurídico, los mismos derechos y deberes que la Iglesia Católica. Y que otras 1.551 iglesias que figuran en el registro oficial, actualizado hasta diciembre del año pasado.
Una cifra que día a día va en aumento. Sólo el viernes pasado, el Diario Oficial publicó el nacimiento de tres nuevas confesiones en el país: la Iglesia Bíblica Cristiana en La Pintana, la Iglesia del Temple en Las Condes, y la Iglesia Embajada del Cielo en Pudahuel. A ese ritmo, se espera que en el próximo balance la suma supere a las 2.000.
Cerca del 80% de las entidades registradas son evangélicas. Pero figuran también organizaciones religiosas islámicas, budistas e hindúes. Además hay otras menos conocidas, como la Fe Baha'i, proveniente de Persia; la filosofía Seicho No Ie; los Sukyo Mahikari, de Japón, y la Santa Iglesia Gnóstica.
Sus fieles están amparados por la Ley de Cultos, promulgada en octubre de 1999, que garantiza que no haya discriminación alguna por creencias y que las entidades que se inscriban legalmente puedan desarrollar libremente sus actividades religiosas, como actos de oración públicos o privados, matrimonios, ritos funerarios, establecer su día de descanso, impartir enseñanzas religiosas y definir la educación de sus hijos de acuerdo con sus convicciones.
Además, las iglesias están facultadas para recibir donaciones y tienen exenciones tributarias totales para sus inmuebles y los terrenos donde se levantan.
En un furgón
La cantidad de fieles de cada entidad religiosa es variable.
La Corporación Evangélica Iglesia Redimida de Peñalolén tiene 15 fieles que asisten a cultos los lunes, miércoles, viernes y domingos, en los que repasan las escrituras de la Biblia. El ayudante de pastor Moisés Oliva, de 63 años, cuenta que hasta hace algunos meses en el templo funcionaba otra entidad religiosa, pero el antiguo líder se cambió de sector y sus seguidores permanecieron en la iglesia.
Oliva es dueño del terreno donde se levanta el templo y de seis locales contiguos que arrienda a comerciantes en 65 mil pesos cada uno, lo que, cuenta, le ha permitido dedicarse tiempo completo a sus labores religiosas.
La iglesia LaViña de Las Condes, en cambio, tiene más de 700 fieles que asisten a los cultos en su sede de Manquehue 771. Está a cargo del pastor Roger Cunningham (59), un predicador estadounidense que llegó a Iquique proveniente de Indiana en 1976, por dos semanas, y que nunca más dejó Chile, eclipsado por lo que él define como una sociedad abierta y con mucha fuerza en los jóvenes. En 1998 se propuso impulsar la religión evangélica en el sector oriente y comenzó haciéndolo arriba de un furgón, en el que se juntaba a orar a las seis de la mañana acompañado de su esposa y tres o cuatro seguidores. Doce años más tarde, su entidad ya cuenta con cuatro pastores, un staff de 13 personas que trabajan en ella permanentemente y misiones en Vitacura, San Bernardo, Valdivia y La Serena, con planes de seguir expandiéndose hacia otras zonas del sector oriente.
El proyecto "perdido"
A partir de la promulgación de la Ley de Cultos, se ha producido un aumento en el interés de obtener la calidad de entidad religiosa de derecho público. En 1999, tres organizaciones solicitaron ser ingresadas al registro. Diez años más tarde fueron 244.
La inscripción en el registro demora en promedio seis meses. Para ello, se debe entregar una serie de antecedentes, como nombre de los constituyentes y los estatutos de la iglesia en el Ministerio de Justicia, que tiene un plazo de noventa días para analizar y realizar objeciones sólo de forma.
Por ello hay quienes plantean que la ley presenta insuficiencias. Humberto Lagos, sociólogo experto en religiones y director de la Oficina Nacional de Asuntos Religiosos de la Secretaría General de la Presidencia hasta agosto de este año, postula que la indefinición de qué es lo que se entiende por entidad religiosa puede desembocar en la obtención de beneficios por entidades que busquen aprovecharse de las garantías que otorga la ley.
Además critica que como el Estado no tiene facultades para ejercer controles reales respecto de las actividades que realizan estas organizaciones, puede que algunos beneficiarios escuden actividades ilícitas tras la fachada religiosa, como lavado de dinero, prácticas lesivas de la dignidad de las personas y abusos deshonestos.
El 2 de febrero de este año, la entonces Presidenta Bachelet envió a la Cámara de Diputados un mensaje presidencial para tramitar un proyecto de ley que corrigiera estas situaciones, en cuya confección participaron diversas entidades que agrupan a las iglesias cristianas, como la Fraternidad Ecuménica de Chile y la Mesa Ampliada UNE-Chile.
El proyecto valoraba la libertad de culto, pero proponía regular las formalidades jurídicas exigidas y establecer mecanismos de control contra agrupaciones que se ocultaran tras fines religiosos para realizar actividades de otro tipo o directamente actividades ilícitas, además de mejorar la regulación de los bienes.
El proyecto fue enviado al Congreso el lunes 1 de marzo, dos días después del terremoto, según consta en la Segpres, pero nunca fue recibido en el Congreso.
El Gobierno hoy está estudiando nuevas modificaciones para la Ley de Cultos, que según el ministro Secretario General de la Presidencia, Cristián Larroulet, deberán estar listas en marzo.
Según explica, el proyecto busca fortalecer la Ley de Cultos e incluir los compromisos que el Presidente Piñera tomó en la campaña, como asegurar la igualdad de cultos en las Fuerzas Armadas y en las salas de clases.
Pero es claro en señalar que el "Estado no tiene por qué entrar en la esfera propia del mundo de la fe y de las preferencias religiosas de las personas o como se organizan, por lo que no va en la línea de regular estas instituciones o ir más allá del rol propio del Estado; eso sí, siempre velando por el cumplimiento del Estado de Derecho".
Otra tarea pendiente es designar a quien estará a cargo de la Oficina Nacional de Asuntos Religiosos -vacante desde la salida de Humberto Lagos en agosto-, decisión que podría conocerse dentro de un mes, y para lo que han sonado nombres como el pastor Eleodoro Torres y el del ex senador Mario Ríos (RN), quien fue uno de los grandes impulsores de la Ley de Cultos.
Los requisitos para registrar una iglesias Constituirse a través de una escritura pública firmada por todos sus integrantes.
s Indicar con precisión el nombre y el domicilio principal de la entidad.
s Declarar los elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que profesa.
s Especificar sus órganos de administración, atribuciones, cargos y formas de elección.
s Describir las normas internas que establezcan los requisitos de validez para la adquisición y enajenación de sus bienes, y la administración de su patrimonio, que bajo ningún fin puede perseguir fines de lucro.
s Establecer la forma de ingreso, permanencia y abandono de la entidad religiosa.
s Según el Artículo 5° del Reglamento, los estatutos y documentos fundamentales de la entidad religiosa deben estar en su domicilio principal, a disposición de cualquier persona que quiera acceder a la información contenida en ellos.
s El Ministerio de Justicia debe velar que las personas que suscriban el acta de constitución de la iglesia no hayan sido condenadas por delitos que merezcan pena aflictiva.
Sencillas construcciones de madera para 30 personas, o grandes edificaciones de concreto que pueden albergar hasta 200 feligreses. A pocos pasos aparecen la Corporación Evangélica Iglesia Redimida, el Templo Evangélico Bautista de Peñalolén, la Iglesia Bautista Río Claro, la Iglesia Unida Metodista Pentecostal, la Iglesia Metodista Pentecostal de Chile y la Iglesia Evangélica Pentecostal Emmanuel.
Esta última está a cargo del pastor Mario Garay, un emmarcador de cuadros de 76 años que comenzó a fines de los 90 haciendo reuniones de hasta 60 personas en el living de su casa y que en 2004 decidió dar un salto: construyó un templo para alrededor de 100 personas e inscribió su culto en el registro de entidades religiosas del Ministerio de Justicia.
Desde el 12 de febrero de ese año, su iglesia es una "entidad religiosa de derecho público", lo que significa que tiene el mismo estatus jurídico, los mismos derechos y deberes que la Iglesia Católica. Y que otras 1.551 iglesias que figuran en el registro oficial, actualizado hasta diciembre del año pasado.
Una cifra que día a día va en aumento. Sólo el viernes pasado, el Diario Oficial publicó el nacimiento de tres nuevas confesiones en el país: la Iglesia Bíblica Cristiana en La Pintana, la Iglesia del Temple en Las Condes, y la Iglesia Embajada del Cielo en Pudahuel. A ese ritmo, se espera que en el próximo balance la suma supere a las 2.000.
Cerca del 80% de las entidades registradas son evangélicas. Pero figuran también organizaciones religiosas islámicas, budistas e hindúes. Además hay otras menos conocidas, como la Fe Baha'i, proveniente de Persia; la filosofía Seicho No Ie; los Sukyo Mahikari, de Japón, y la Santa Iglesia Gnóstica.
Sus fieles están amparados por la Ley de Cultos, promulgada en octubre de 1999, que garantiza que no haya discriminación alguna por creencias y que las entidades que se inscriban legalmente puedan desarrollar libremente sus actividades religiosas, como actos de oración públicos o privados, matrimonios, ritos funerarios, establecer su día de descanso, impartir enseñanzas religiosas y definir la educación de sus hijos de acuerdo con sus convicciones.
Además, las iglesias están facultadas para recibir donaciones y tienen exenciones tributarias totales para sus inmuebles y los terrenos donde se levantan.
En un furgón
La cantidad de fieles de cada entidad religiosa es variable.
La Corporación Evangélica Iglesia Redimida de Peñalolén tiene 15 fieles que asisten a cultos los lunes, miércoles, viernes y domingos, en los que repasan las escrituras de la Biblia. El ayudante de pastor Moisés Oliva, de 63 años, cuenta que hasta hace algunos meses en el templo funcionaba otra entidad religiosa, pero el antiguo líder se cambió de sector y sus seguidores permanecieron en la iglesia.
Oliva es dueño del terreno donde se levanta el templo y de seis locales contiguos que arrienda a comerciantes en 65 mil pesos cada uno, lo que, cuenta, le ha permitido dedicarse tiempo completo a sus labores religiosas.
La iglesia LaViña de Las Condes, en cambio, tiene más de 700 fieles que asisten a los cultos en su sede de Manquehue 771. Está a cargo del pastor Roger Cunningham (59), un predicador estadounidense que llegó a Iquique proveniente de Indiana en 1976, por dos semanas, y que nunca más dejó Chile, eclipsado por lo que él define como una sociedad abierta y con mucha fuerza en los jóvenes. En 1998 se propuso impulsar la religión evangélica en el sector oriente y comenzó haciéndolo arriba de un furgón, en el que se juntaba a orar a las seis de la mañana acompañado de su esposa y tres o cuatro seguidores. Doce años más tarde, su entidad ya cuenta con cuatro pastores, un staff de 13 personas que trabajan en ella permanentemente y misiones en Vitacura, San Bernardo, Valdivia y La Serena, con planes de seguir expandiéndose hacia otras zonas del sector oriente.
El proyecto "perdido"
A partir de la promulgación de la Ley de Cultos, se ha producido un aumento en el interés de obtener la calidad de entidad religiosa de derecho público. En 1999, tres organizaciones solicitaron ser ingresadas al registro. Diez años más tarde fueron 244.
La inscripción en el registro demora en promedio seis meses. Para ello, se debe entregar una serie de antecedentes, como nombre de los constituyentes y los estatutos de la iglesia en el Ministerio de Justicia, que tiene un plazo de noventa días para analizar y realizar objeciones sólo de forma.
Por ello hay quienes plantean que la ley presenta insuficiencias. Humberto Lagos, sociólogo experto en religiones y director de la Oficina Nacional de Asuntos Religiosos de la Secretaría General de la Presidencia hasta agosto de este año, postula que la indefinición de qué es lo que se entiende por entidad religiosa puede desembocar en la obtención de beneficios por entidades que busquen aprovecharse de las garantías que otorga la ley.
Además critica que como el Estado no tiene facultades para ejercer controles reales respecto de las actividades que realizan estas organizaciones, puede que algunos beneficiarios escuden actividades ilícitas tras la fachada religiosa, como lavado de dinero, prácticas lesivas de la dignidad de las personas y abusos deshonestos.
El 2 de febrero de este año, la entonces Presidenta Bachelet envió a la Cámara de Diputados un mensaje presidencial para tramitar un proyecto de ley que corrigiera estas situaciones, en cuya confección participaron diversas entidades que agrupan a las iglesias cristianas, como la Fraternidad Ecuménica de Chile y la Mesa Ampliada UNE-Chile.
El proyecto valoraba la libertad de culto, pero proponía regular las formalidades jurídicas exigidas y establecer mecanismos de control contra agrupaciones que se ocultaran tras fines religiosos para realizar actividades de otro tipo o directamente actividades ilícitas, además de mejorar la regulación de los bienes.
El proyecto fue enviado al Congreso el lunes 1 de marzo, dos días después del terremoto, según consta en la Segpres, pero nunca fue recibido en el Congreso.
El Gobierno hoy está estudiando nuevas modificaciones para la Ley de Cultos, que según el ministro Secretario General de la Presidencia, Cristián Larroulet, deberán estar listas en marzo.
Según explica, el proyecto busca fortalecer la Ley de Cultos e incluir los compromisos que el Presidente Piñera tomó en la campaña, como asegurar la igualdad de cultos en las Fuerzas Armadas y en las salas de clases.
Pero es claro en señalar que el "Estado no tiene por qué entrar en la esfera propia del mundo de la fe y de las preferencias religiosas de las personas o como se organizan, por lo que no va en la línea de regular estas instituciones o ir más allá del rol propio del Estado; eso sí, siempre velando por el cumplimiento del Estado de Derecho".
Otra tarea pendiente es designar a quien estará a cargo de la Oficina Nacional de Asuntos Religiosos -vacante desde la salida de Humberto Lagos en agosto-, decisión que podría conocerse dentro de un mes, y para lo que han sonado nombres como el pastor Eleodoro Torres y el del ex senador Mario Ríos (RN), quien fue uno de los grandes impulsores de la Ley de Cultos.
Los requisitos para registrar una iglesias Constituirse a través de una escritura pública firmada por todos sus integrantes.
s Indicar con precisión el nombre y el domicilio principal de la entidad.
s Declarar los elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que profesa.
s Especificar sus órganos de administración, atribuciones, cargos y formas de elección.
s Describir las normas internas que establezcan los requisitos de validez para la adquisición y enajenación de sus bienes, y la administración de su patrimonio, que bajo ningún fin puede perseguir fines de lucro.
s Establecer la forma de ingreso, permanencia y abandono de la entidad religiosa.
s Según el Artículo 5° del Reglamento, los estatutos y documentos fundamentales de la entidad religiosa deben estar en su domicilio principal, a disposición de cualquier persona que quiera acceder a la información contenida en ellos.
s El Ministerio de Justicia debe velar que las personas que suscriban el acta de constitución de la iglesia no hayan sido condenadas por delitos que merezcan pena aflictiva.
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